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¿Cómo reclamar el auxilio funerario a los fondos de pensiones en Colombia?

El auxilio funerario en Colombia es una prestación adicional ofrecida por los fondos de pensiones, destinada a cubrir los gastos fúnebres de afiliados o pensionados. En 2024, el monto mínimo del auxilio funerario es de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), equivalente a $6,5 millones, y máximo de 10 SMLMV, es decir, $13 millones.

El cálculo del auxilio varía según si se trata del fallecimiento de un afiliado o un pensionado, basado en el último salario aportado al sistema de pensiones o el valor de la última mesada pensional, respectivamente. Sin embargo, este beneficio no aplica en casos de muerte de origen laboral, ya que la responsabilidad recae en la Administradora de Riesgos Laborales (ARL).

Para solicitar el auxilio funerario, se deben cumplir ciertos criterios, como son:

1. Estar en la nómina de pensionados o era un cotizante activo.
2. Tenía al día sus pagos u obligaciones financieras.
3. Quien solicite el beneficio debe demostrar que asumió todos los gastos fúnebres relacionados con el fallecimiento.

El trámite debe realizarse ante la entidad administradora de pensiones a la que estaba afiliada la persona fallecida, ya sea Colpensiones o fondos privados. Cada entidad tiene sus propios procesos, por lo que se recomienda consultar directamente con ellas.

Por otra parte, para los interesados, entre los documentos que generalmente se requieren para realizar la solicitud se encuentran:

– Documento de identificación original.

– Registro civil de defunción.
– Factura de gastos funerarios con sello de cancelado.
– Certificación del centro que prestó el servicio fúnebre.
– Carta de autorización de los herederos.
– Certificado bancario para la consignación del valor del auxilio funerario.
– Formatos adicionales que solicite la entidad administradora.

Es importante recordar que la solicitud de auxilio funerario debe presentarse dentro del año siguiente al fallecimiento del afiliado o pensionado, según lo establecido por la ley.

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