Colombia refuerza la protección de los derechos ambientales
El país ha reforzado la protección de los derechos ambientales y la defensa de quienes protegen la naturaleza. La Corte Constitucional ha aprobado la Ley 2273 de 2022, que ratifica el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como el Acuerdo de Escazú.
Para la ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Susana Muhamad, la decisión de la Corte, en vísperas de la COP16, otorga luz verde al Acuerdo de Escazú, garantizando los derechos de participación en las decisiones ambientales. “Las autoridades ambientales y las empresas deben proporcionar información transparente sobre estas decisiones y garantizar los derechos de los defensores ambientales para evitar su estigmatización y proteger su vida”, afirmó la ministra.
World Wide Fund for Nature (WWF), celebra la ratificación del Acuerdo de Escazú en 16 países de América Latina y el Caribe. Destacan que el respaldo de la Corte a la protección de la naturaleza y sus defensores se alinea con el reconocimiento internacional a Colombia por su riqueza natural y sus estrategias de conservación. Esto también se refleja en la designación del país como sede de la próxima Conferencia de las Partes sobre Biodiversidad (COP16), que se llevará a cabo en Cali en octubre, bajo el lema “Paz con la Naturaleza”.
WWF nos habla de la importancia del Acuerdo de Escazú:
Soberanía Nacional: El Acuerdo de Escazú respeta la soberanía del gobierno nacional y no afecta la autoridad sobre los espacios terrestres, marítimos o aéreos del territorio.
Protección de Defensores Ambientales: Garantiza la seguridad y libertad para quienes trabajan en la protección del medio ambiente, buscando que los Estados ratificantes proporcionen entornos libres de violencia para estos defensores.
Facilitación de Implementación: El Acuerdo establece órganos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones sin otorgar poderes especiales a Cortes o Organismos internacionales sobre las decisiones ambientales de los Estados.
Solución de Controversias: Siguiendo la práctica internacional de los Acuerdos Ambientales Multilaterales, el Acuerdo promueve la resolución de controversias mediante negociación, sin imponer la jurisdicción de la Corte Penal Internacional a los Estados.
Normas Ambientales en Colombia: En Colombia, el Acuerdo mantiene las reglas sobre daño ambiental ya establecidas desde hace más de 20 años, sin modificar la presunción de inocencia en materia ambiental.
Sin Modificaciones al Derecho Internacional: La ratificación del Acuerdo no altera las reglas del derecho internacional, manteniendo los sujetos que pueden recurrir a jurisdicciones internacionales o nacionales. El término “público” en el artículo 2 abarca a todas las personas naturales y jurídicas bajo la jurisdicción del Estado.
El Acuerdo de Escazú fortalece la institucionalidad ambiental, las políticas públicas y los procedimientos ambientales. También actúa como un instrumento para el fortalecimiento de capacidades y la cooperación internacional, superando ambigüedades en la legislación ambiental y promoviendo la cooperación a niveles internacional, regional, nacional, subnacional y local.