Obligaciones Legales de los Arrendadores en Colombia

En Colombia, la ley 820 de 2003 establece claramente las responsabilidades que recaen sobre los propietarios de inmuebles al momento de arrendar sus viviendas. Más allá de la relación financiera entre arrendador e inquilino, existen una serie de deberes que deben cumplirse para garantizar la habitabilidad y el bienestar de ambas partes involucradas.

Antes de cualquier otro paso, se debe dar formalidad del proceso de arrendamiento con la firma de un contrato por escrito. Aunque la ley permite acuerdos verbales, es recomendable que todas las condiciones queden por escrito en un contrato, lo cual protege tanto a los inquilinos como a los arrendadores.

Uno de los principales deberes establecidos por esta ley es la obligación de proporcionar el inmueble en óptimas condiciones de servicio, seguridad y salubridad. Esto significa que el inmueble debe ser habitable y adecuado para el propósito que se está alquilando. Por ejemplo, si la vivienda carece de servicios públicos como agua potable o electricidad, es responsabilidad del arrendador realizar los trámites necesarios para restablecer estos servicios.

Asimismo, el arrendador tiene la obligación de mantener los servicios, objetos y usos asociados al inmueble en buen estado de funcionamiento, de acuerdo con el propósito definido en el contrato. Aunque las reparaciones estructurales y de la propiedad en sí son responsabilidad del dueño, no se espera que este responda por daños causados por el desgaste normal o por defectos inherentes a la construcción.

En casos específicos, como daños en la tubería que resulten en humedad en la vivienda, la ley obliga al propietario a tomar medidas para reparar y mantener la propiedad en un estado adecuado durante el período de arrendamiento. Esto destaca la importancia de mantener la vivienda en condiciones aptas para la estadía de los inquilinos.

Además de las condiciones físicas, la ley también enfatiza la transparencia en el proceso de arrendamiento. El arrendador debe suministrar al inquilino, una copia firmada del contrato en un plazo máximo de diez días a partir de la celebración del acuerdo. La omisión de esta obligación puede conllevar multas considerables, por lo que contar con una copia del contrato es fundamental para ambas partes.

Cuando se trata de viviendas sujetas a la propiedad horizontal, el arrendador debe proporcionar una copia de las regulaciones de la propiedad al inquilino. Esto es particularmente relevante en conjuntos residenciales, donde las reglas y normas de la administración deben ser comprendidas por todos los ocupantes.

En el caso de viviendas compartidas, la ley también establece que el arrendador es responsable de mantener en buen estado las áreas o servicios de uso común, realizando reparaciones y sustituciones necesarias, y garantizando el orden interno de la vivienda. Esto asegura una convivencia armoniosa entre los inquilinos y promueve el bienestar colectivo.

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