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¿Pueden los ciclistas andar por vías de vehículos?

En Bogotá, la inseguridad en algunas ciclorrutas ha llevado a muchos ciclistas a optar por compartir carriles con los vehículos, buscando evitar robos y agresiones. La escena es común: son las 8:00 p.m., en la calle 100 con avenida Suba, donde las obras y la oscuridad hacen de la ciclorruta un lugar peligroso. Ante la amenaza de posibles asaltos, muchos ciclistas prefieren arriesgarse en el tráfico vehicular.

Aunque esta decisión puede generar incomodidad entre los conductores, quienes consideran a los ciclistas como invasores de su espacio, la ley respalda el derecho de los ciclistas a usar los carriles de los vehículos. Según la Ley 1811, que promueve el uso de la bicicleta, este medio de transporte tiene los mismos derechos que cualquier otro vehículo en la vía. Esto significa que los ciclistas no están obligados a utilizar únicamente las ciclorrutas; pueden circular por los carriles viales.

Foto: Secretaría de Movilidad Bogotá

Sin embargo, los ciclistas deben cumplir con ciertas normas de tránsito. El artículo 95 de la ley establece que los ciclistas deben ocupar un solo carril y no pueden utilizar las vías exclusivas para el servicio público colectivo. Además, la Alcaldía de Bogotá prohíbe que los ciclistas se sujeten a otros vehículos o transiten demasiado cerca de ellos, así como circular por aceras o áreas destinadas a peatones.

Finalmente, aunque el uso de las vías por parte de los ciclistas puede causar molestia a algunos conductores, es una práctica legal y, en muchos casos, una medida necesaria para garantizar su seguridad en la ciudad.

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