¿Tiene Usted Derecho al Bono Pensional?

El bono pensional es uno de los temas que más dudas crea entre los trabajadores colombianos, ya que no hay mucha claridad de qué son, para qué sirven, quiénes tienen derecho a pedirlo y en qué momento. Por eso usted debe tener en cuenta los siguientes datos que el Ministerio de Hacienda informa.

El bono pensional no se puede pedir igual que las cesantías; ni se puede solicitar para una necesidad de desempleo, vivienda o estudio. El bono pensional es un título valor que representa en tiempo y dinero, los aportes que efectuó a Colpensiones o a las cajas o empresas públicas y privadas reconocedoras de pensión, para el traslado a un Fondo de Pensiones.

En otras palabras, el bono pensional es el dinero que se cotizó durante un periodo de tiempo en un fondo público o privado antes de cambiarse al otro lado como, por ejemplo, pasar de Colpensiones a Porvenir o viceversa y quienes tendrían derecho a este bono según explicó el Ministerio de Hacienda son las personas que hayan cotizado como mínimo 150 semanas, el equivalente a 3 años, antes de hacer el cambio a otro fondo de pensiones.

Se debe destacar que este bono no se entregará de inmediato, agregó el ministerio, sino que las personas lo recibirán como parte de la suma total del saldo de la pensión, la cual llega cuando los hombres cumplan 62 años y las mujeres, 57.

En caso de recibir la pensión por invalidez o sobrevivencia, (la cual se reclama cuando el cotizante fallece), se podría solicitar este bono pensional.

Ahora, hay que recordar que no existe solo un bono de pensión, sino que son cinco en total, los cuales son:
• Bono tipo A es el más conocido y hace referencia al que tienen las personas que pasan de Colpensiones a un fondo privado de pensiones.
• Bono tipo B es para los servidores públicos que no estaban en el régimen de prima media y entran a él.
• Bono tipo C es para las personas que pasaron del régimen de prima media al fondo de prevención social del Congreso.
• El tipo D aplica para las personas que pasan del régimen de prima media a Ecopetrol.
• Finalmente, el tipo T es para las personas que pasan del Instituto del Seguro Social a Colpensiones.

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