¿Las Mascotas pueden utilizar el ascensor y áreas comunes de un conjunto residencial?

Las mascotas se han ganado un lugar especial en los hogares, convirtiéndose en compañeros leales de muchas familias. Sin embargo, la coexistencia en espacios compartidos, como los conjuntos residenciales, a veces plantea interrogantes sobre los límites que rodean a nuestros amigos de cuatro patas. Aclaremos las dudas.

Aunque los conjuntos residenciales no pueden prohibir la tenencia de animales, tienen la autoridad para establecer normas internas de convivencia. Estas regulaciones pueden abordar asuntos que van desde el comportamiento de las mascotas hasta su acceso a ciertas áreas.

Según el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA), las restricciones excesivas o la prohibición total de tener mascotas en un conjunto pueden violar los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal y familiar. Esto se basa en la Sentencia T-155 de 2012 de la Corte Constitucional.

El IDPYBA afirma que la decisión de tener una mascota en casa es personal y familiar, impulsada por diversas necesidades y proyectos de vida. Por lo tanto, se considera que esta elección debe ser respetada y protegida por el Estado.

Aunque la Asamblea General de Copropietarios no puede prohibir la tenencia de animales de compañía, tiene la facultad de establecer normas de convivencia en la propiedad horizontal. El Código Nacional de Policía y Convivencia, junto con la Ley 746 de 2002, establece parámetros para la convivencia de mascotas, incluyendo recoger los excrementos, mantener a los perros con correa en áreas comunes y no permitir que los animales de compañía causen daño o molestias a otros residentes.

En cuanto al uso de ascensores en conjuntos residenciales, el IDPYBA aclaró que es permisible, siempre y cuando no interfiera con otros vecinos que puedan necesitar el ascensor. En caso de congestión, se aconseja solicitar permiso antes de utilizar el ascensor con tu mascota.
Para los residentes con mascotas, es fundamental recordar ciertas pautas de convivencia:

  • Usar áreas comunes como zonas verdes y parques.
  • Solicitar a la Asamblea General la adecuación de áreas comunes para las mascotas, considerando la disponibilidad de espacio.
  • Cuidar de la higiene y salud de las mascotas.
    Por otro lado, hay ciertas acciones que no son permitidas:
  • Usar áreas comunes como baños para mascotas.
  • Pasear a los perros sin correa en áreas comunes.
  • No recoger los excrementos de tus mascotas y desecharlos en lugares inadecuados.
  • Permitir que las mascotas dispersen la basura en áreas comunes.
    La convivencia armoniosa entre propietarios de mascotas y aquellos sin ellas en conjuntos residenciales, puede lograrse mediante el respeto de las normas y consideración por el bienestar de todos los residentes, ya sean humanos o peludos.

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