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Conozca las disposiciones del día sin carro, ni moto hoy en Sogamoso

Hoy lunes 22 de abril, la ciudad de Sogamoso arrancó el día sin carro ni moto en sus calles, desde las 7:00 am hasta las 7:00 pm. Esta iniciativa muy significativa, coincide con la conmemoración del Día de la Tierra, por ello busca promover una mayor conciencia ambiental y reducir la contaminación urbana. 

El Instituto de Tránsito y Transportes de la ciudad (Intrasog) será el encargado de hacer cumplir la medida, que ha sido oficializada por decreto municipal. El incumplimiento de esta disposición incluye multas de hasta 15 (SMLV) y la posible inmovilización del vehículo involucrado.

sin carro

Estos serán los corredores viales que permanecerán abiertos al tráfico:

1. Sentido norte – sur opción A: carrera 11, calle 34, carrera 12, Avenida San Martín, calle 11B, carrera 20, calle séptima, carrera 11, Batallón.

2. Sentido norte – sur opción B: carrera 11, calle 34, carrera 12, transversal 20, Glorieta El Sol, Siatame o carrera 20, calle séptima, carrera 11, Batallón.

3. Sentido norte – oriente: carrera 11, calle 22, El Laguito, calle 21, carrera novena, calle 15, carrera octava, calle octava.

4. Sentido oriente – norte: calle séptima, carrera 20, calle 11B, Avenida San Martín, carrera 11.

5. Sentido norte – occidente: carrera 11, parque El Laguito, carrera 17 (Avenida San Martín), calle 11, salida a Tibasosa.

6. Sentido oriente – sur: calle séptima, carrera 11, Batallón.

7. Sentido oriente – occidente: transversal séptima, glorieta Chincá, calle séptima, carrera 28, calle 11.

8. Sentido sur – oriente: carrera 11, calle séptima.

9. Sentido sur – norte: carrera 11, calle séptima, carrera 20, calle 11B, Avenida San Martín, parque El Laguito, carrera 11.

10. Sentido sur – occidente: carrera 11, calle séptima, carrera 28, calle 11.

11. Sentido occidente – oriente: calle 11, carrera 32, calle séptima, glorieta Chincá, transversal séptima, vía del Cusiana.

12. Sentido occidente – sur: calle 11, carrera 32, calle séptima, carrera 11.

13. Sentido occidente – norte: calle 11, carrera 20, calle 11B, Avenida San Martín, parque El Laguito, carrera 11.

Los vehículos que sí podrán transitar en Sogamoso

• Vehículos para atender emergencias (ambulancias, carros de los Bomberos, de la Defensa Civil, Cruz Roja, y los de equipos logísticos para la atención de rescates y siniestros).

• Vehículos de atención médica personalizada, debidamente identificados.

• Vehículos operativos de las empresas de servicios públicos, debidamente identificados.

• Vehículos de transporte escolar de instituciones educativas públicas y privadas.

• Vehículos destinados para el transporte de alimentos perecederos, que deberán respetar en todo caso las horas de cargue y descargue.

• Vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional, agentes de tránsito, cuerpos oficiales armados (CTI, Sijín, Inpec) y vehículos adscritos a la rama judicial.

• Vehículos destinados al control de tráfico, grúas y carros talleres o de asistencia técnica debidamente identificados.

• Vehículos utilizados para el transporte de personas discapacitadas o pacientes que se desplacen en razón de tratamientos vitales, como radioterapias, quimioterapias o diálisis, siempre y cuando él o los discapacitados o pacientes estén ocupando el vehículo.

• Vehículos acreditados para transportar valores.

• Vehículos de servicio de transporte público de pasajeros colectivo (busetas), individual (taxis), mixto e intermunicipal.

• Vehículos colectivos tipo bus, buseta y/o microbús de servicio particular de propiedad de las empresas destinados al transporte de su personal debidamente identificados.

• Vehículos recolectores de basura, debidamente acreditados.

• Coches funerarios y su respectivo cortejo fúnebre.

• Vehículos pertenecientes a empresas privadas de vigilancia.

• Vehículos de servicio especial de pasajeros por cuya actividad laboral deban desplazarse desde su domicilio a las empresas o lugar de trabajo.

Es fundamental que los conductores de los vehículos exentos aseguren la correcta identificación y documentación que justifique su necesidad de transitar, evitando así posibles penalizaciones.

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