LOS DUEÑOS DE LA CALLE
Por Rafael Mejía
A propósito del ‘estrene’ de la administradora de empresas Mónica Pineda Alvarado como directora del Intrasog, importada directamente de la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, hay algunas inquietudes acerca del asunto vial, que me parece pertinente que ella conozca. Vale la pena decir que muchas de estas inquietudes tanto de gente de afuera como de locales.
La primera tiene que ver con aquellos que andan en dos ruedas. Los motociclistas sogamoseños tomaron la costumbre de adelantar por la derecha en las vías de acceso a la ciudad, bien sea por la entrada de Iza, de Yopal, Tibasosa o donde les coja el afán. El artículo 73 del Código Nacional de Tránsito tipifica esta falta como la D6, que es de una peligrosidad altísima, pues alguien que conduzca por su derecha -como debe ser- se va a orillar, aparece un salvaje de éstos a toda velocidad y el asunto puede parar en, como diría Daniel Santos, la cárcel o el cementerio. Además, le puede acarrear al avivato una multa hasta de 30 S.M.L.D.V. o sea millón trescientos y pico. Es bueno saber que la cantidad de motociclistas fallecidos en Colombia pasó de 3.234 casos en 2017 a 5.213 en 2023.
Por otro lado, los amigos ciclistas, que también son unos importantes actores viales -bueno decir que no son todos- tienen la costumbre de pasarse por la faja casi todas las normas de tránsito: para ellos no existen los semáforos, cometen los mismos adelantamientos por la derecha, tranquilamente se suben por los andenes, si se puede en contravía, mejor y no pasa absolutamente nada. Y lo peor, hágales un reclamo para que vea cómo se devuelven en patota y contestan con todo el repertorio de groserías posible: Unos pocos guaches hacen quedar como un chocato a todo el gremio.
La segunda inquietud: Muy pocas, de las pocas avenidas que hay en Sogamoso se pueden utilizar transitando por los dos carriles. Ya es parte del paisaje ver carros estacionados a lo largo del carril derecho, inutilizándolo casi en su totalidad, lo cual, obviamente, genera trastornos en la movilidad. En el sector de la bomba Olaya, carrera 11 con calle séptima, para citar un sólo ejemplo, es normal ver carros parqueados cerca al semáforo y las colas que se forman son bastante largas, y todo el tráfico por el carril izquierdo; a veces un solo carro mal parqueado forma tremendo trancón. Cerca de la bomba Brío, salida a Iza, hasta un taller de latonería funciona ¡en plena calzada derecha! Lo irónico es que esta situación sucede a pocos metros del sitio donde se hacen frecuentes retenes de control por parte de agentes de Intrasog ¡plop!
Otra mañita simpática es la de hacerle modificaciones irreglamentarias al sistema de iluminación del vehículo, como las luces estroboscópicas. Éstas son las que se ponen en los aviones en la punta de las alas para que puedan ser detectados visualmente. En vehículos terrestres sólo deben ser utilizadas por carros de emergencia como policía, tránsito, bomberos, defensa civil, recolectores de basura y ambulancias, de resto nada: el artículo 104 es bastante claro al respecto. Esta costumbre de ‘imitación patrulla’ es bastante molesta pues en ocasiones en el claroscuro de la penumbra uno no sabe si el carro que tiene enfrente va o viene o si se va a parquear, a girar o simplemente frenó, en pocas palabras, envía señales confusas que podrían generar un accidente: por algo están prohibidas.
Estos detallitos, y otros cuantos, hacen que nuestra ciudad parezca una isla donde todo el mundo hace lo que le viene en gusto. La ley de la selva, sálvese quien pueda.
De todas formas, si usted está ante una infracción evidente que pueda poner en riesgo a otros conductores o peatones, puede reportarla en la plataforma RECORD del Ministerio de Transportes, usted sube su video, y al vivo le llegará a través del contacto en su registro único, RUT su respectivo comparendo. Tal vez, si por las buenas no afinan, es posible que con un golpe al bolsillo dejen de creerse los dueños de la calle.
*El enlace por el cual se puede acceder a la plataforma RECORD es el siguiente:
Registro de Condiciones de Riesgo en los Desplazamientos – RECORD (mintransporte.gov.co)