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Sin fundamento la recusación presentada en contra del Agente Especial de Coservicios 

Por Jorge Armando Rodríguez Avella

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, determinó, que no existe ninguna inhabilidad en el nombramiento del ingeniero, Jorge Eliecer Caro Bello, como Agente Especial de la Compañía de Servicios Públicos, Coservicios S.A. E.S.P., de la ciudad de Sogamoso.

En un comunicado dado a conocer, Coservicios menciona la Resolución de la SSPD en la que esta entidad declara sin fundamento la recusación, presentada por parte del señor Pedro Elías Barrera Mesa, actuando a título personal y quien también fue retirado del cargo de gerente de Coservicios, por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, se basa principalmente en la supuesta inhabilidad del ingeniero Jorge Eliecer Caro Bello, por haber formado parte del comité de empalme del alcalde Mauricio Barón Granados. La toma de posesión de Coservicios, por parte de la SSPD, se efectuó el pasado 28 de diciembre de 2023.

Sin embargo, tras un minucioso examen de la evidencia presentada y de la normativa aplicable, según la Resolución número 20241000054545, emitida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, concluyó que la recusación presentada en contra del Agente Especial Caro Bello no contiene fundamentos sólidos para sostener dicha recusación y la declaró infundada.

En el comunicado se argumenta que “Dicha declaración de infundada es un paso importante hacia la preservación de la integridad y la imparcialidad en el sistema estatal. En tal medida establece un precedente que promueve la confianza en el proceso legal y asegura que se respeten los derechos de todas las partes involucradas”.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de esta manera, respalda el nombramiento del Agente Especial, ingeniero Jorge Caro Bello, considerándolo “como el profesional ejecutivo y la persona idónea para que continúe desarrollando sus actividades con normalidad en su cargo y seguir trabajando en pro de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P.”, concluye la Superintendencia.

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